Circulación de cargas extraordinarias por el Complejo Zárate-Brazo largo

02 / 10 / 2013

Circulación de cargas extraordinarias por el Complejo Zárate-Brazo largo

RECORDAMOS que dado que el puente de Zarate tiene varias  jurisdicciones  (Vialidad Nacional, Gendarmería Nacional, Concesionario Vial, Empresa a cargo de las reparaciones, Ferrocarriles) y la operación es muy complicada, por su infraestructura,  que tiene  paso del ferrocarril, carriles angostos sin banquina, reparación y mantenimiento y picos de tránsito los fines de semana  como así también en ocasiones cortes por reparación. La Dirección Nacional de  Vialidad (Sub Puentes) coordina con los mencionados entes   la circulación de vehículos, por lo cual  oportunamente se ha emitido una circular que especifica sobre la circulación de cargas extraordinarias por el Complejo Zárate-Brazo largo, Ruta Nacional Nº 12. La circulación de dichos vehículos por el complejo se deberá realizar con consulta previa a la Subgerencia de Puentes y Viaductos de la Dirección Nacional de Vialidad, y cumplimentar los siguientes aspectos: 1) Disponer de permiso 2) La autorización será precaria y revocable 3) Acatar los días y hora que indique ña Autoridad de Control. 4) Para las cargas de hasta 75 ton. de peso total y distribución por eje convencional, las Autoridades de Control estalbecerán el carril de circulacion, y forma de dicha circulación. 5) La circulación entre equipos deberá diferir en más de 15 minutos entre cada uno de ellos y con la condición  accesoria de no simultaneidad de circulación sobre las estructuras principales. 6) La velocidad de circulación sobre los puentes principales no superará los 20  km/hora. 7) La circulación de cargas extraordiarias sobre las estructuras no debe coincidir con el tránsito ferroviario. 8) Para cargas de peso total superior a 75 ton. la Subgerencia de Puentes y Viaductos evaluará en cada caso la factibilidad y condiciones. Los horarios, que pueden tener modificaciones si se estimara conveniente, son: Lunes a jueves de       09:00 hs. a 12:00 hs.  y de 14:00 hs. a 16:30 hs. Viernes solamente de 09:00 hs. a 12:00 hs. Sábados, domingos y feriados, no podrán circular cargas extraordinarias.


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