Restricciones a la circulación de camiones

05 / 03 / 2015

Son por recambio de quincena.

RUTAS NACIONALES 

De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial a través del  dictado de la Disposición Nº 300/14  se restringe la circulación de camiones de categorías N2, N3, O, O3 y O4  en fines de semanas largos  e inicios y finalizaciones de vacaciones, para el período julio 2014 / junio 2015, estableciendo para el fin de semana   próximo,   el siguiente cronograma:

Días y horarios en que se aplicará la veda: 

Domingo, 01 de Marzo de 2015

18 a 23.59

B) SECCION II     

RUTA NACIONAL

TRAMO

3 

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta  la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia  de BUENOS AIRES.

 

5

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de TRENQUE LAUQUEN, Provincia de BUENOS AIRES.

 

 7

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta  la  Ciudad  de SAN  LUIS, Provincia de SAN LUIS. Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de SAN LUIS, Provincia de SAN LUIS a la Ciudad de MENDOZA, Provincia de MENDOZA, se restringirá conforme  el  criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos  en  la  Sección III)

 

 

8

 Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la  Ciudad  de  VILLA  MERCEDES, Provincia de SAN LUIS.

 

 9

Desde  la  CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de LA QUIACA, Provincia de JUJUY.  Tramo correspondiente a  Autopista o Autovía entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el   criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III).

 

 11

Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA  FE,  hasta  la  Ciudad  de  CLORINDA,  Provincia  de  FORMOSA.

 

 12

Desde el empalme de la Ruta Nacional N° 9, en la Provincia de  BUENOS  AIRES, hasta  la  Ciudad  de PUERTO IGUAZU, en la Provincia de MISIONES. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159,91; 1390,9 a 1396,11 y 1636,87 a 1638,76 se restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección  III)

 

 14

Desde la Ciudad de CEIBAS, Provincia de ENTRE RIOS, hasta  la  Ciudad  de SAN JOSE, Provincia de MISIONES. Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 restringirán conforme  el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección  III)

 

 19

Desde la Ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA   FE, hasta la Ciudad de CORDOBA, Provincia de CORDOBA.

 

 20

Desde la Ciudad de CORDOBA, Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN.

 

 22

Desde la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de  BUENOS AIRES, hasta la Provincia de NEUQUEN.

 

 33

Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES.

 

 34

Desde su intersección con la RN 9 en la Localidad de GÜEMES, Provincia de SALTA hasta la  Localidad  de YUTO, en la Provincia de JUJUY.

 

 35

Desde la Ciudad de RIO CUARTO, Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA.

 

 36

 Desde la Ciudad de RIO CUARTO, hasta  la  Ciudad de CORDOBA, ambas en la Provincia de CORDOBA.

 

 38

 Desde el empalme de la Ruta Nacional N° 20, en la Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de S.M. DE TUCUMAN, en la Provincia de TUCUMAN.

 

 40

Desde la Ciudad de  SAN  JUAN, en  la  Provincia  de SAN JUAN hasta la Ciudad de MALARGÜE, Provincia de  MENDOZA ;  y  desde  el  EMPALME  con la Ruta Nacional N° 234 de la Provincia del  NEUQUEN  y la Ciudad de ESQUEL, Provincia de CHUBUT.

 

 74

Desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 38 y la Ciudad  de  CHILECIO, ambas en la Provincia de LA RIOJA.

 

 105

 Desde la Ciudad de SAN JOSE hasta la Ciudad de POSADAS, ambas en la Provincia de MISIONES.

 

 127

Desde el empalme de la Ruta Nacional N° 12, Provincia de ENTRE  RIOS, hasta el EMPALME con   la Ruta Nacional  N° 14, Provincia de CORRIENTES.

 

 141

Desde el EMPALME con la  Ruta  Nacional N° 79, en  la  Provincia de LA RIOJA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN.

 

 146

Desde el EMPALME de la  Ruta  Nacional  N° 20, en la Provincia de SAN LUIS, hasta la Ciudad de SAN RAFAEL, de la Provincia de MENDOZA.

 

 147

Desde la Ciudad de  SAN  LUIS, Provincia  de  SAN LUIS, hasta el EMPALME de la Ruta Nacional N° 20 ambas en la Provincia de SAN LUIS.

 

 148

Desde la Ciudad de VILLA DOLORES, Provincia de CORDOBA, hasta el LIMITE de la Provincia de SAN LUIS.

 

 158

Desde la Ciudad de SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de VILLA  MERCEDES, Provincia de SAN LUIS.

 

 174

Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de  SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS.

 

 188

Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, Provincia  de  BUENOS   AIRES,  hasta  la  Ciudad  de GENERAL ALVEAR, Provincia de MENDOZA.

 

 205

Desde   la  Ciudad  de  CAÑUELAS,  Provincia de  BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, Provincia de MENDOZA.

 

 226

Desde  la Ciudad de GENERAL VILLEGAS,  hasta el EMPALME con la RN N° 29, ambas en la Provincia de BUENOS AIRES.

 

 231

Desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambas en la Provincia del NEUQUEN.

 





C) SECCION III -

FECHA

HORARIO

SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:

  • Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos    Aires en toda su extensión.
  • Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA.
  • Autopista RN 9 desde el  km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA.
  • Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91;
  • Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396.11.
  • Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638,76.
  • Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38. 

Domingo, 01 de Marzo de 2015

18 a 23.59

DESCENDENTE (REGRESO)

 

 

Se exceptúan de la restricción  a los vehículos que a continuación se detallan:

a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados;

b) De transportes de animales vivos;

c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;

d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;

e) De atención de emergencias;

f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío;

g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;

h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;

i) De transporte de medicinas;

j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;

k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;

                                                                                               2- PROVINCIA DE BUENOS AIRES

                                                                             RESTRICCIONES A LA CIRCULACION   -  

La Agencia Provincial del Transporte, de la Provincia de Buenos Aires,  mediante las resoluciones 39 y 440, ambas de 2014,  establece que los vehículos de transporte de cargas mayores de siete (7) toneladas de porte bruto no podrán circular por las Rutas Provinciales -con el objeto de incrementar el aprovechamiento  de la capacidad vial y el grado de seguridad en la circulación general, y disminuir la probabilidad de accidentes-,  conforme las fechas y horarios que se mencionan en el cuadro inserto más abajo, correspondientes  a la finalización de la temporada estival.  

 

PROXIMAS RESTRICCIONES:

 

b)    SECCION II

 

FECHAS 

HORARIOS 

SENTIDO DE FLUJO VEHICULAR EN ACCESO AL AREA METROPOLITANA

Viernes 27 de Febrero de 2015

De DIECISIETE HORAS (17:00) Hasta VEINTITRES HORAS CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23:59)

ASCENDENTE (SALIDA)

Sábado 28  de Febrero de 2015

De OCHO HORAS (08:00) Hasta DIECIOCHO HORAS (18:00)

ASCENDENTE (SALIDA)

Domingo 1 de Marzo de 2015

De OCHO HORAS (08:00) Hasta VEINTITRES HORAS CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS (23:59)

DESCENDENTE (REGRESO)

 

A) SECCION I

RUTA PROVINCIAL Nº

TRAMO

RP Nº 2 (AUTOVIA 2)

Desde Km. 59 (Distribuidor de Transito Etcheverry - La Plata) hasta el Km. 400 (Camet).

RP Nº 11

Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el Km. 537 (Chapadmalal)

RP Nº 36

Desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 - La Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)

RP Nº 56

Desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa) hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral. Madariaga).

RP Nº 63

Desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores) hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).

RP Nº 74

Desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipu) hasta su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).

 

Se autoriza a la Dirección del Transporte de Cargas dependiente de la Dirección Provincial del Transporte a realizar en caso de excepción, debidamente justificado, el otorgamiento de Autorizaciones de Circulación en Áreas Restringidas.

 

Se exceptúa de dicha autorización a los vehículos que pretendan circular por la Ruta Provincial Nº 11 entre el kilómetro 191 y 225 de acuerdo a lo prescripto por la Resolución Nº 92/14 del registro de esta Agencia Provincial del Transporte, que establece que debido a tareas de mantenimiento sobre el Puente Arroyo Las Víboras en la Ruta Provincial Nº 11 en el Km 214, surge la necesidad de dictar una serie de medidas destinadas a prevenir y amortiguar las posibles demoras que pudieran generarse por la necesaria realización de un desvío del tránsito sobre el puente mencionado, situación que de no atenderse, podría ocasionar imprevistos difíciles de dimensionar en perjuicio de las personas que se desplazan por dicha ruta provincial,  por lo cual en su artículo 1º la mencionada norma establece que los vehículos mayores de cinco (5) toneladas de porte bruto, incluidos los ómnibus, no podrán circular sobre la Ruta Provincial Nº 11 desde Cerro de La Gloria (Km 191) hasta la  Esquina de Crotto (Km 225) en ambos sentidos de circulación, por el tiempo que duren las tareas de mantenimiento mencionadas.


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