Restricci贸n a la circulaci贸n de camiones del 7 al 10

14 / 07 / 2016

Restricci贸n a la circulaci贸n de camiones del 7 al 10


Se transcriben las RESTRICCIONES a la circulación de camiones en 1- Rutas Nacionales; 2- Se agrega la RN 9 Tucumán y 3- Rutas de la Provincia de BUENOS AIRES. Por favor prestar atención a días y horarios.

 

 

 

 

    C2016-135

 

 

 

1- Restricciones a la circulación de camiones en RUTAS NACIONALES

 

FIN DE SEMANA DEL 7 AL 10 DE JULIO

 

 

De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) por Disposición Nº 207/16 y Nº 209/16, se restringe la circulación de los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 por las rutas nacionales conforme las fechas y horarios que se informa a continuación:  

Días y horarios en que se aplicará la veda:

 

 

Fecha

Horario

 

jueves, 7 de julio de 2016

18:00 a 21:59

 

viernes, 8 de julio de 2016

08:00 a 11:59

 

domingo, 10 de julio de 2016

18:00 a 21:59

 



 

Restricciones a la circulación de camiones  en RUTA NACIONAL Nro. 9-TUCUMAN

De acuerdo a lo establecido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) por Disposición ANSV Nº 237/16:

 

Incorporación dentro del calendario de restricción, del día  Sábado 09 de Julio de 2016, en la Ruta Nacional Nº 09, en sentido de circulación ASCENDENTE, desde la intersección de la Ciudad de Termas de Rio Hondo, Provincia de Santiago del Estero hasta la Ciudad de San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán; desde las 08:00 hs hasta las 13:59 hs. del 09 de julio de 2016.

Esto en razón de que la ciudad de San Miguel de Tucumán será epicentro de los eventos de conmemoración del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional de acuerdo a la agenda de actos y festejos oficiales, y que en tal sentido se trasladarán hasta allí comitivas oficiales nacionales y provinciales, mandatarios extranjeros y turismo en general, desde distintos puntos del país.


Exceptúese de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan

 

a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados;

b) De transportes de animales vivos;

c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;

d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;

e) De atención de emergencias;

f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquél donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío;

g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;

h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;

i) De transporte de medicinas;

j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;

k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;

I) De transporte de sebo, hueso y cueros.

 

B) SECCION II   

 

RUTA NACIONAL N°

TRAMO

3

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA (incluye autovía), provincia de BUENOS AIRES.

5

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de TRENQUE LAUQUEN, provincia de BUENOS AIRES.

7

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS.
Tramo correspondiente a autovía desde la Ciudad de SAN LUIS, provincia de SAN LUIS a la Ciudad de MENDOZA, provincia de MENDOZA, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

8

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de VILLA MERCEDES, provincia de SAN LUIS.

9

Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de LA QUIACA, provincia de JUJUY.
Tramo correspondiente a Autopista o Autovía entre los kilómetros 0 hasta la Av. Circunvalación en la Ciudad de Córdoba, se restringirá conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III).

11

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CLORINDA, provincia de FORMOSA.

12

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 9, en la provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de CEIBAS, en la provincia de ENTRE RÍOS; y desde la Ciudad de Paraná, en la provincia de ENTRE RÍOS, hasta la Ciudad de Puerto Iguazú, en la provincia de MISIONES.
Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 80 a 159,91; 1390,9 a 1396,11 y 1636,87 a 1638,76 se restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

14

Desde la Ciudad de CEIBAS, provincia de ENTRE RIOS, hasta la Ciudad de SAN JOSE, provincia de MISIONES.
Los tramos correspondientes a Autovía, entre los kilómetros 0 a 504,38 restringirán conforme el criterio establecido para autopistas en los sentidos y días previstos en la Sección III)

19

Desde la Ciudad de SANTA FE, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA.

20

Desde la Ciudad de CORDOBA, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, provincia de SAN JUAN.

22

Desde la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES, hasta la provincia del NEUQUEN.

33

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES.

34

Desde su intersección con la RN 9 en la Ciudad de GÜEMES, provincia de SALTA hasta la Ciudad de YUTO, en la provincia de JUJUY.

35

Desde la Ciudad de RIO CUARTO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SANTA ROSA, provincia de LA PAMPA.

36

Desde la Ciudad de RIO CUARTO, hasta la Ciudad de CORDOBA, ambas en la provincia de CORDOBA.

38

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 20, en la provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de S.M. DE TUCUMAN, en la provincia de TUCUMAN.

40

Desde la Ciudad de SAN JUAN, en la provincia de SAN JUAN hasta la Ciudad de MALARGÜE, provincia de MENDOZA; y desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 234 de la provincia del NEUQUEN y la Ciudad de ESQUEL, provincia del CHUBUT.

105

Desde la Ciudad de SAN JOSE hasta la Ciudad de POSADAS, ambas en la provincia de MISIONES.

127

Desde el EMPALME de la Ruta Nacional N° 12, provincia de ENTRE RIOS, hasta el EMPALME con la Ruta Nacional N° 14, provincia de CORRIENTES.

148

Desde la Ciudad de VILLA DOLORES, provincia de CORDOBA, hasta el LIMITE de la provincia de SAN LUIS.

158

Desde la Ciudad de SAN FRANCISCO, provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de RÍO CUARTO, provincia de Córdoba.

174

Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, provincia de ENTRE RIOS.

188

Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de GENERAL ALVEAR, provincia de MENDOZA.

205

Desde la Ciudad de CAÑUELAS, provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, provincia de BUENOS AIRES.

226

Desde la Ciudad de GENERAL VILLEGAS, hasta el EMPALME con la RP N° 29, ambas en la provincia de BUENOS AIRES.

231

Desde el EMPALME con la Ruta Nacional N° 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambas en la provincia del NEUQUEN.

 

Todas las Autopistas de acceso a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, en toda su extensión

 

 

C) SECCION III -

FECHA

HORARIO

SENTIDO DEL FLUJO VEHICULAR EN:

 

 

  • Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos    Aires en toda su extensión.
  • Autopista RN 7 desde ciudad de SAN LUIS a la ciudad de MENDOZA.
  • Autopista RN 9 desde el  km 0 hasta la Av. Circunvalación en la ciudad de CORDOBA.
  • Autovía RN 12 desde el km 80 al 159.91;
  • Autovía RN 12 desde el Km 1390,9 al 1396
  • Autovía RN 12 desde el km 1636,87 a 1638.
  •  Autovía RN 14 desde el km 0 al 504.38. 

jueves, 7 de julio de 2016

18:00 a 21:59

ASCENDENTE (SALIDA)

viernes, 8 de julio de 2016

08:00 a 11:59

ASCENDENTE (SALIDA)

domingo,10de junio de 2016

18:00 a 21:59

DESCENDENTE (REGRESO)

 

 

 

 

3- RESTRICCIONES A LA CIRCULACION DE CAMIONES PROVINCIA DE BUENOS AIRES    

 

Feriado del 7 al 10 de julio

 

 

PROXIMAS RESTRICCIONES:

 

La Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, dependiente del Ministerio de Infraestructura, comunica que queda restringida la circulación de,  en la Autovía 2 y Rutas Provinciales 11, 36, 56, 63, 74 y Autopista Buenos Aires–La Plata, con el objetivo de facilitar el desplazamiento vehicular y prevenir siniestros de tránsito

 

La medida contempla a los vehículos de transporte de cargas mayores de siete (7) toneladas de porte bruto, los mismos no podrán circular por las Rutas Provinciales conforme los tramos, las fechas y horarios establecidos por la Agencia Provincial del Transporte  de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

 

FECHAS 

HORARIOS 

SENTIDO DE FLUJO

VEHICULAR EN ACCESO AL

AREA METROPOLITANA 

Jueves 7 de Julio de 2016

De 17:00 Hasta 23:59

ASCENDENTE (SALIDA)

viernes 8 de Julio de 2016

De 08:00 Hasta 23:59

ASCENDENTE (SALIDA)

domingo 10 de Julio de 2016

De 08:00 Hasta 23:59

DESCENDENTE (REGRESO)

 

 

 

RUTA PROVINCIAL Nº

TRAMO

Autopista Buenos Aires – La Plata

Desde Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la ciudad de La Plata

RP Nº 2 (AUTOVIA 2)

Desde Km. 59 (Distribuidor de Transito Etcheverry ?

La Plata) hasta el Km. 400 (Camet).

RP Nº 11

Desde intersección con RP Nº 36 (Pipinas) hasta el

Km. 537 (Chapadmalal)

RP Nº 36

Desde Rotonda RP Nº 10 (Prolongación Av. 66 ? La

Plata) hasta la intersección con RP Nº 11 (Pipinas)

RP Nº 56

Desde su intersección con la RP Nº 11 (Gral. Conesa)

hasta su intersección con la RP Nº 74 (Gral.

Madariaga).

RP Nº 63

Desde Distribuidor de Transito con RP Nº 2 (Dolores)

hasta Intersección con RP Nº 11 (Esquina de Crotto).

RP Nº 74

Desde su intersección con la RP Nº 56 (Maipu) hasta

su intersección con la RP Nº 11 (Pinamar).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Vialidad Provincial recomienda a los conductores: circular con las luces bajas encendidas; con la V.T.V. actualizada; respetar las velocidades máximas y mínimas; colocarse el cinturón de seguridad; no sobrepasar a otro vehículo con presencia de doble línea amarilla; los niños menores de 12 años deben viajar en el asiento trasero correctamente sujetados; haber dormido y descansado antes de emprender un viaje y no beber alcohol

 Se autoriza a la Dirección del Transporte de Cargas dependiente de la Dirección Provincial del Transporte a realizar en caso de excepción, debidamente justificado, el otorgamiento de Autorizaciones de Circulación en Áreas Restringidas.

 

Se exceptúa de dicha autorización a los vehículos que pretendan circular por la Ruta Provincial Nº 11 entre el kilómetro 191 y 225 de acuerdo a lo prescripto por la Resolución Nº 92/14 del registro de esta Agencia Provincial del Transporte, que establece que debido a tareas de mantenimiento sobre el Puente Arroyo Las Víboras en la Ruta Provincial Nº 11 en el Km 214, surge la necesidad de dictar una serie de medidas destinadas a prevenir y amortiguar las posibles demoras que pudieran generarse por la necesaria realización de un desvío del tránsito sobre el puente mencionado, situación que de no atenderse, podría ocasionar imprevistos difíciles de dimensionar en perjuicio de las personas que se desplazan por dicha ruta provincial,  por lo cual en su artículo 1º la mencionada norma establece que los vehículos mayores de cinco (5) toneladas de porte bruto, incluidos los ómnibus, no podrán circular sobre la Ruta Provincial Nº 11 desde Cerro de La Gloria (Km 191) hasta la  Esquina de Crotto (Km 225) en ambos sentidos de circulación, por el tiempo que duren las tareas de mantenimiento mencionadas.


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